1/22/2014

Juzgados: cumplimiento de plazos procesales

Por Lorena Maureen Camacho (*) 

Será que con el Código Procesal Penal de 1999, se ha llegado a dar a las partes en conflicto una justicia pronta y sin dilaciones, estamos a trece años de la aplicación del Código procesal Penal, empero en la práctica judicial se tiene que los plazos procesales si bien están señalados en el Código los mismos no se cumplen ya que los funcionarios siguen con el tramite burocrático que venían realizando desde mucho tiempo atrás,  (para muestra un botón) me refiero a que si un plazo infiere a que la resolución por ejemplo tiene que estar dictada en 20 días, si el litigante se apersona al día 21 pues la resolución no ha salido de despacho, esto quiere decir que no se encuentra a la vista del público menos de los interesados, a veces tiene que pasar otros días o aún mucho tiempo para que después se encuentre descargado en los registros y resuelta que la resolución aparece con fecha pasada o anterior  y ¿dónde? puede el interesado reclamar y ¿a quién?.

Y el ante proyecto del Ley del Nuevo Código de Procedimiento Penal, sobre la retardación de justicia y el cumplimiento de los plazos procesales, será una mejor solución una nueva Ley o se tendrá más bien que contratar para la Institución personas más capaces y eficientes, así como duplicar los ítems para que el trabajo pueda ser realizado dentro de los parámetros establecidos y dentro de los plazos señalados.

Entonces como podemos esperar justicia, será que cambiará algún día la forma de aplicar la misma en este precioso país y así poder cumplir el mandato constitucional de la justicia pronta, oportuna y sin dilaciones prevista en el Art. 115 par. II de la CPE, y el principio de celeridad previsto en el Art. 180 par. I de la CPE,  por ello reitero una vez más que es necesario tanto de el Órgano Judicial y el Órgano Legislativo trabajen en coordinación para solucionar este problema del mundo litigante, es decir que no se le puede pedir a un panadero que realice pan sin no tiene los insumos necesarios para lograr tal objetivo como es la harina, azúcar etc, lo mismo pasa en el órgano judicial, que no se le puede pedir un eficiente trabajo a los funcionarios si no se les dota de los instrumentos de trabajo como a la sociedad de tener una justicia transparente sino se tiene eficientes administradores de justicia, más aún cuando de un tiempo a esta parte la carga procesal ha crecido enormemente, debido las constantes reformas judiciales-administrativas no muy adecuadas a la actual situación económico social y aparición de nuevas figuras penales seguido de un crecimiento demográfico acelerado en nuestras capitales.

(*) Abogada

1 comentario:

Anónimo dijo...

ladrones de mierda putos masistas